El Notario, abogado por profesión, persona de elevados principios y representante del Notariado, quien es delegatario del Estado para la prestación del Servicio Público Notarial, y quien esta facultado para dar fe de actos y contratos para aconsejar y asesorar imparcialmente a sus usuarios, esta al servicio del Derecho.

El Notario es un asesor legal de quién requiera la prestación de sus servicios, y cuenta con atribuciones legitimadoras, sustanciales, de jurisdicción voluntaria o asuntos no contenciosos y de autoridad. Como asesor legal de quién necesite de sus servicios, entiende e interpreta a las partes dándole la forma legal a sus voluntades mediante los instrumentos adecuados y dando fe de sus contenidos.

LAS VENTAJAS DE ACUDIR CON EL NOTARIO
  • Las partes pueden tener la certeza de la legitimización e identificación de las mismas y evitar la suplantación ya que el Notario se cerciora y las verifica.

  • Las partes pueden contar con la asesoría y consejo del Notario antes de la celebración de algún contrato para evitar trámites, juicios y gastos innecesarios. El Notario no es sólo una Profesionista, sino una persona que actúa en el marco del Derecho con calidad, honorabilidad , integridad y ética buscando permanentemente la seguridad jurídica.

  • El Notario verifica y se cerciora que el enajenante sea realmente el propietario o en su defecto, que cuente con las facultades necesarias y suficientes para comparecer en carácter de representante del propietario.

  • El Notario verifica y se cerciora que el inmueble motivo de operación, no reporte gravámenes que puedan limitar la libre transmisión del dominio, como por ejemplo hipotecas, fianzas etc. y se encarga de recaudar todas las contribuciones, federales, estatales y municipales que se causen con motivo de la mencionada operación.

  • El Notario evita riesgos innecesarios para los contratantes ya que en la redacción y elaboración de los contratos que se pretenden formular, se cerciora de que se reunan los requisitos establecidos por las leyes vigentes.

  • El Notario en su honestidad de servicio e imparcialidad, evita situaciones que pudiesen dar ventaja a alguna de las partes en perjuicio de la otra.

  • Al contar con la Participación del Notario, se evita la pérdida, destrucción, etc. del contrato efectuado, pues lo que se entrega a los contratantes son copias certificadas o testimonios, y el original se conserva en el protocolo de la Notaría.