LA NOTARÍA PÚBLICA
La Notaria Publica No. 7, con domicilio en la Cd. de Manuel Doblado, Guanajuato, con adscripción al Partido Judicial de San Francisco del Rincón, Guanajuato, es una notaría certificada por el gobierno del estado, su titular es el destacado y reconocido profesionista, Lic. Arturo Hernández Zamora.

Esta notaria publica, se rige por la ley del notariado para el estado de Guanajuato y su reglamento correspondiente.

Su titular cumple al pie de la letra, las características propias del notariado latino:
  • Asesora a las partes.
  • Interpreta su voluntad.
  • Redacta.
  • Lee.
  • Explica.
  • Autoriza.
  • Reproduce, y
  • Conserva el instrumento correspondiente.
El Lic. Arturo Hernández Zamora, es un profesional del derecho, investido de fe pública por el estado de Guanajuato, que brinda seguridad y certeza jurídica en los actos y hechos de los que da fe.

Cumple con todas las obligaciones que le impone la ley:
  • Actúa de manera imparcial. Es decir, que cuando asesora a las personas que comparecen ante él, debe proteger los intereses de todos y no proteger los intereses de uno y desproteger los de otro.

  • Redacta, lee y explica. Una vez que el notario escucho a los comparecientes, él se encarga bajo su responsabilidad de redactar el instrumento correspondiente, y debe leerlo a los comparecientes o en su caso permitir que lo lean, así como explicarles a estos cuales son los alcances y las consecuencias de otorgar el acto de que se trate.

  • Calcula y entera los impuestos de las escrituras que autoriza. En efecto, el notario debe calcular los impuestos, sean locales o federales en los casos que la ley así lo establece.

  • Inscribe en el registro público. Para efecto de dar publicidad a los actos que requieren de ese requisito para ser oponibles a terceros, el notario debe tramitar la inscripción de los testimonios en el registro público de la propiedad y del comercio correspondientes, siempre y cuando sea expensado para ello por los prestatarios del servicio notarial.

  • Guarda el secreto profesional. Como todo profesionista, el notario no puede dar a conocer o divulgar información relacionada con asuntos pasados ante el a personas que no intervinieron en los mismos.